Imagine que el tribunal ha fallado a su favor, el demandante. El tribunal también determina que se deben otorgar daños punitivos contra el demandado. Varios pensamientos pasan por tu mente. ¿Qué son incluso los daños punitivos? ¿Cómo se calcularían las tarifas? ¿Se gravan los daños punitivos?
¿Cuándo se pueden otorgar daños punitivos?
Para recibir daños punitivos, hay tres pasos legales que se deben cumplir.
- El tribunal debe fallar a favor del demandante.
- El demandante debe pedir al tribunal daños punitivos. Si el juez dictamina que se deben otorgar daños punitivos, el jurado debe decidir el monto.
- El jurado determina la cantidad exacta en función de las circunstancias y los factores.
¿Qué son los daños punitivos en California?
Primero, es importante entender la diferencia entre daños punitivos y compensatorios para determinar cómo se otorgarán los montos de dinero. Los daños punitivos son más comunes en las demandas por lesiones personales. Las demandas por lesiones personales pueden variar desde accidentes automovilísticos hasta negligencia médica. Para determinar mejor su tipo de demanda, comuníquese con nuestros abogados con experiencia en lesiones personales.
Los daños compensatorios son aquellos que se otorgan para compensar al demandante por costos monetarios específicos después de una lesión. Hay tres tipos de daños compensatorios, que incluyen daños económicos, no económicos y punitivos. Los daños compensatorios casi siempre se calculan con certeza y tienen una cantidad específica de dinero que se puede probar. Los ejemplos comunes de daños compensatorios incluyen:
- Facturas médicas
- Terapia física
- Costo de medicamentos y medicamentos recetados
- Salarios perdidos
- Equipo medico
- Cuidados en el hogar
- Aumento de los gastos de vida
- Pérdida de oportunidad
- Pérdida del disfrute de la vida.
- Dolor y sufrimiento físico
Los daños punitivos son aquellos que están destinados a hacer un ejemplo del acusado. Los daños punitivos no son daños obligatorios que deban otorgarse en todos los casos. Los daños punitivos se otorgan y determinan caso por caso. Según la sección 3294 (a) del código civil de California, para determinar el monto de los daños compensatorios, el jurado debe considerar
- La reprobabilidad de la conducta del acusado
- La relación entre el monto de los daños punitivos y el daño que sufrió el demandante
- La cantidad que castigará al acusado y disuadirá al acusado y a otros posibles acusados de participar en este tipo de conducta
- Otros factores que el jurado puede considerar son la capacidad del acusado para pagar los daños punitivos
Para que se otorguen daños punitivos, debe haber «malicia», «fraude» u «opresión» en las acciones del acusado. Para determinar mejor lo que significan estas palabras; el código civil de California ha proporcionado alguna definición y factores que el jurado puede considerar al determinar si ha habido un comportamiento por parte del acusado que debe ser castigado con daños punitivos. El demandante debe probar cualquiera de los tres factores a continuación para recibir daños punitivos. El demandante debe probar esto mediante “pruebas claras y convincentes”.
- Malicia: La malicia se refiere al proceso de pensamiento y las acciones del acusado al participar en el comportamiento. Por ejemplo, cuando el acusado se involucra en algún tipo de comportamiento que implica un desprecio imprudente y consciente por la vida de los demás, lo más probable es que se encuentre malicia.
- Fraude: El fraude implica algún tipo de tergiversación con respecto a una declaración falsa en nombre del demandado para que el demandante confíe en las declaraciones del demandado. El demandante no se basa de hecho en las declaraciones del demandado, y el demandante ha sufrido lesiones.
- Opresión: La opresión implica algún tipo de dificultad injusta hacia un demandante específico.
Límite de daños punitivos de California
Según la sección 3294 (a) del código civil de California, los demandantes pueden recuperar los daños punitivos. Específicamente establece: “En la acción por incumplimiento de una obligación no derivada de un contrato, cuando se pruebe con prueba clara y fehaciente que el demandado ha sido culpable de opresión, fraude o malicia, el actor, además de la daños y perjuicios, puede reclamar daños y perjuicios a modo de ejemplo y como forma de castigar al demandado”. Siempre que la cantidad no sea excesiva, California no tiene una cantidad específica de daños punitivos que deban otorgarse. La Corte Suprema ha dictaminado en el pasado que 9 veces el monto de los daños compensatorios es un buen número para que el jurado base el monto de los daños punitivos.
Límite de daños punitivos de Nevada
A diferencia de California, Nevada tiene un límite para los daños punitivos. Nevada establece que el límite que un demandante podría cobrar por daños punitivos es de $300,000 cuando el demandante recibe menos de $100,000. Si el demandante recibe una cantidad de más de $100,000 en daños compensatorios, entonces el demandante podría recibir tres veces la cantidad en daños punitivos. La ley de Nevada también establece que, en ciertos casos, no hay límite en la cantidad de daños punitivos. Estos casos incluyen:
- Casos de productos defectuosos
- Difamación
- Cuando el demandado está bajo la influencia del alcohol, conduce y causa un accidente que lesiona al demandante
- Cuando el acusado ha participado en discriminación con respecto a las prácticas de vivienda
- Cuando las compañías de seguros actúan de mala fe
- Cuando el demandado se dedica a la eliminación de materiales tóxicos o desechos peligrosos
Los ejemplos en los que es más probable que se otorguen daños punitivos incluyen:
- Lesiones personales como accidentes automovilísticos.
- Reclamaciones de despido injustificado por parte de un empleado
- Falsedad fraudulenta hecha entre dos socios
- Casos de asalto y abuso
¿Los daños punitivos son gravables?
De acuerdo con las reglas de responsabilidad de liquidación del IRS según la Publicación 4345, los daños punitivos se consideran gravables y deben declararse bajo otros ingresos en la línea 21 del formulario 1040. Los daños punitivos se gravan independientemente del tipo de reclamo o caso. Por ejemplo, los daños punitivos se gravan si se trata de un acuerdo por lesiones personales o por enfermedad física.
Sin embargo, los casos de muerte por negligencia que han otorgado daños punitivos no tienen que pagar impuestos. Esto caería bajo la sección 104 del IRC. Para obtener más información para determinar si su acuerdo de daños punitivos está sujeto a impuestos, comuníquese hoy con nuestros abogados de daños punitivos.
¿Están sujetos a impuestos los daños compensatorios?
No todos los daños compensatorios están sujetos a impuestos. Depende de lo que se pretenda reemplazar con el monto del premio. Por ejemplo, los daños compensatorios otorgados por lesiones físicas no se consideran imponibles y no se considerarán ingresos. Además, cuando hay angustia emocional sufrida por las lesiones del demandante, esto también se considera daños compensatorios no imponibles. El jurado debe determinar si la lesión física causó el sufrimiento o si el síntoma físico fue causado por el estrés emocional. Por lo general, los demandantes contratarán a un experto para determinar qué causó la lesión. Si la angustia emocional está completamente separada de la lesión física, entonces no se considerará sujeta a impuestos.
Si ha estado involucrado en una demanda por lesiones personales y el comportamiento del demandado implica algún tipo de opresión, fraude o malicia, es posible que tenga derecho a recibir daños punitivos. Para determinar mejor el éxito de su caso, comuníquese hoy con nuestros abogados con experiencia en lesiones personales de California.
Nuestros abogados experimentados en lesiones personales de Los Ángeles tienen experiencia en diferentes tipos de demandas por daños punitivos. Para obtener más información, consulte nuestra página de abogados de accidentes automovilísticos en Los Ángeles . Si usted o alguien que conoce ha estado involucrado en una demanda por lesiones personales, comuníquese hoy con nuestros abogados experimentados de Los Ángeles para una consulta gratuita para determinar si se pueden otorgar daños punitivos.
Siempre estamos disponibles para nuestros clientes con oficinas accesibles en Los Ángeles, Sacramento, Irvine y Las Vegas. Heidari Law Group estará allí para ayudarlo.
***Descargo de responsabilidad: Este blog fue creado por Heidari Law Group con fines educativos. Este artículo proporciona una comprensión general de la ley. No proporciona consejos específicos. Al usar este sitio y leer este blog, no se crea una relación abogado-cliente entre usted y cualquier miembro de Heidari Law. Además, debido al cambio constante de la ley, es posible que algunas partes de la información anterior ya no sean válidas.